Expediente JIN-057-PRI-048-2020 y su acumulado TEEH-JDC-285-2020 
Promovente

 César Abraham Olvera Reyes, en su calidad de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal Electoral de, Singuilucan, Hidalgo

Tercero Interesado
Autoridad Responsable  Consejo Municipal Electoral de, Singuilucan, Hidalgo.
Acto Impugnado

 La declaración de validez de la elección y el consecuente otorgamiento de las constancias de mayoría respectivas de la planilla.

Magistrado Instructor  Maria Luisa Oviedo Quezada
Acuerdos  
Fecha de Resolución

 10 de noviembre de 2020 

Puntos Resolutivos

 PRIMERO.  Al ser inoperantes los agravios, en esta instancia local se confirman los resultados contenidos en el el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de Ayuntamiento en el Municipio de Singuilucan, Hidalgo, así como el otorgamiento de constancia de mayoría a favor de la fórmula postulada por el Partido Nueva Alianza Hidalgo

SEGUNDO. Se reserva jurisdicción y conocimiento a favor de la Sala Regional Toluca del Poder Judicial de la Federación a efecto de conocer sobre los agravios vertidos por el actor en relación con la causal de nulidad prevista en el artículo 385, fracción IV del Código Electoral del Estado de Hidalgo.

TERCERO. NOTIFÍQUESE como en derecho corresponda a las partes interesadas y hágase del conocimiento de la Sala Regional Toluca del Poder Judicial de la Federación la reserva decretada.

CUARTO. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Sentencia

    pdflogo JIN-057-PRI-048-2020 y su acumulado