Expediente JIN-XIII-PRD-016-2013
Promovente

 Partido de la revolución democrática

Tercero Interesado  Partido revolucionario institucional
Autoridad Responsable  Consejo distrital electoral de Huejutla de Reyes
Acto Impugnado

En contra de los resultados del cómputo distrital, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de diputados, correspondiente al distrito de huejutla de reyes, hidalgo.

Magistrado Instructor  Lic. Fabián Hernández García
Acuerdos  24-07-13 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
 16-08-13 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 19 de agosto de 2013

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. 

Segundo.- en virtud de lo expuesto y fundado en la parte considerativa de la presente resolución, se declara como infundado por una parte e inoperante por otra, el agravio esgrimido por el partido de la revolución democrática, a través de su representante propietario.

Tercero.- en consecuencia, se confirman los resultados consignados en el acta de cómputo del distrito electoral xiii con cabecera en huejutla de reyes, hidalgo, así como la declaración de validez de dicha elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la fórmula postulada por el partido revolucionario institucional. por lo que deberá darse cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 36 de la constitución política del estado libre y soberano de hidalgo, respecto de rendir la protesta constitucional y tomar posesión del cargo, el próximo cinco de septiembre del año en curso.

Cuarto.- notifíquese el contenido de la presente resolución al partido de la revolución democrática; en su calidad de inconforme, al partido revolucionario institucional; en su carácter de tercero interesado, en los domicilios señalados en autos, respectivamente, y al instituto estatal electoral, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 30, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo. asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano colegiado.

Sentencia

 JIN-XIII-PRD-016/2013