Expediente | TEEH-JE-002-2018 | |||
Promovente |
Hipolito Arriaga Pote |
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Tercero Interesado | Ninguno | |||
Autoridad Responsable | IEEH | |||
Acto Impugnado |
En contra del Acuerdo IEEH/CG/033/2018 de fecha 20 de abril de 2018, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral |
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Magistrado Instructor |
Lic. Jesus Raciel Garcia Ramirez |
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Acuerdos |
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Fecha de Resolución |
21 de mayo de 2018 |
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Puntos Resolutivos |
PRIMERO.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. SEGUNDO.- Sobre la base de los razonamientos lógico-jurídicos vertidos en la parte considerativa de esta resolución, los agravios expresados por el promovente HIPÓLITO ARRIAGA POTE, se declaran INFUNDADOS. TERCERO.- En consecuencia, se CONFIRMA el Acuerdo IEEH/CG/033/2018 de veinte de abril de dos mil dieciocho, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, mediante el cual resultó improcedente su solicitud de registros de candidatos para la elección ordinaria local de Diputadas y Diputados en el proceso electoral 2017-2018 y, en consecuencia, se le negaron los registros solicitados. CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al promovente HIPÓLITO ARRIAGA POTE a más tardar dentro de los siguientes dos días de la fecha en que se dicta la presente sentencia, en términos de los artículos 375, 376, 377 y 437 del Código Electoral del Estado de Hidalgo. |
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Sentencia |