Expediente | TEEH-JDC-078-2022 |
||
Promoventes |
María del Pilar Domínguez Rivero y otros |
||
Tercero Interesado | Ninguno | ||
Autoridad Responsable | Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo | ||
Acto Impugnado |
La omisión de entregarles información que han solicitado para desempeñar los cargos de Síndica Procuradora y Regidores, del ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo |
||
Magistrado Instructor |
Rosa Amparo Martinez Lechuga |
||
Acuerdos |
|
||
Fecha de Resolución | 01 de julio de 2022 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara la existencia de las omisiones atribuidas a las autoridades responsables identificadas con los números 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 ,15. SEGUNDO. Se declara la inexistencia de las omisiones referidas en los números de identificación 2, 5, 6 y 16 de la presente sentencia. TERCERO. Se ordena el cumplimento al apartado de efectos de la presente sentencia. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a derecho corresponda; asimismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia, a través del portal web de este Tribunal Electoral. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido. |
||
Sentencia | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-078-2022-INC-1 |
||
Fecha de Resolución | 28 de julio de 2022 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se determina que la sentencia principal se encuentra incumplida. SEGUNDO. Se impone como sanción amonestación privada a las autoridades responsables Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo. TERCERO. Se ordena a las autoridades responsables realizar las diligencias precisadas en el apartado 3.3, de la presente determinación. CUARTO. Se conmina a las y los accionantes a constituirse en las oficinas que ocupa el Ayuntamientos en los términos que fue señalado. Notifíquese a las partes conforme a derecho corresponda. Asimismo, hágase del conocimiento público el contenido de la presente resolución |
||
Sentencia | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-078-2022-INC-2 |
||
Fecha de Resolución | 08 de septiembre de 2022 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se determina que la sentencia principal se encuentra incumplida. SEGUNDO. Se ordena a las autoridades responsables realizar las diligencias precisadas en el apartado 3.3. de la presente determinación. TERCERO. Se apercibe a las autoridades responsables que de no dar cumplimiento a esta determinación se les aplicara una medida de apremio más severa de las previstos en el Código Electoral. CUARTO. Se conmina a las y los accionantes a constituirse en las oficinas que ocupa el Ayuntamientos en los términos que fue señalado. QUINTO. En términos de la presente resolución, se impone individualmente al Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo, la medida de apremio consistente en MULTA, mismas que deberán hacerse efectivas por conducto de la Presidencia de este Tribunal. Notifíquese a las partes conforme a derecho corresponda. Asimismo, hágase del conocimiento público el contenido de la presente resolución |
||
Sentencia | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-078-2022-INC-2 |
||
Fecha de Resolución | 15 de septiembre de 2022 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara improcedente la solicitud de prórroga de cumplimiento efectuada por el Presidente Municipal de Tlanalapa, Hidalgo. SEGUNDO. Se determina que la sentencia principal se encuentra incumplida. TERCERO. Se ordena a las autoridades responsables realizar las diligencias precisadas en el apartado de EFECTOS de la presente resolución. CUARTO. Se conmina a las y los accionantes a constituirse en las oficinas que ocupa el Ayuntamientos en los términos que fue señalado. QUINTO. En términos de la presente resolución, se impone individualmente al Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo, la medida de apremio consistente en MULTA, mismas que deberán hacerse efectivas por conducto de la Presidencia de este Tribunal. SEXTO. Se conmina al Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo, a fin de que de manera inmediata cubran las multas que les fueron impuestas a través de la resolución emitida en fecha ocho de septiembre de dos mil veintidós, ello en los términos que fueron precisados a través de los oficios TEEH-P-1097/2022 y TEEH-P-1098/2022, respectivamente. Notifíquese a las partes conforme a derecho corresponda. |
||
Acuerdo Plenario | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-078-2022-INC-3 |
||
Fecha de Resolución | 17 de noviembre de 2022 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara incumplida la sentencia principal. SEGUNDO. Se ordena a las autoridades responsables realizar las diligencias precisadas en el apartado 3.4 de la presente resolución. TERCERO. Se conmina a las y los accionantes a constituirse en las oficinas que ocupa el Ayuntamiento en los términos que fue señalado. CUARTO. En términos de lo ordenado en esta resolución, con copia digitalizada certificada de las constancias que integran el expediente principal TEEH-JDC-078/2022 y sus cuadernos incidentales, dese vista al Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, a la Auditoria Superior del Estado de Hidalgo y al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento del Municipio de Tlanalapa, Hidalgo. QUINTO. En términos de lo ordenado, con copia certificada del oficio ASEH/DGFSM/3535/2022, se ordena dar vista a la parte actora. SEXTO. Se conmina al Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo, a fin de que de manera inmediata cubran las multas que les fueron previamente impuestas. Notifíquese a las partes conforme a derecho corresponda. |
||
Incidente de Incumplimiento | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-078-2022-INC-4 |
||
Fecha de Resolución | 10 de febrero de 2023 | ||
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara formalmente cumplida la sentencia principal. SEGUNDO. Se impone como sanción AMONESTACIÓN PÚBLICA a las autoridades responsables Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo. TERCERO. Se conmina al Presidente Municipal y Tesorero, ambos del Ayuntamiento de Tlanalapa, Hidalgo, a fin de que dentro del plazo improrrogable de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente resolución, paguen las multas que les fueron previamente impuestas. Notifíquese a las partes conforme a derecho corresponda. |
||
Sentencia | ![]() |