Expediente | TEEH-JDC-097-2024 |
Promoventes |
Verónica Gallegos González |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TEPEAPULCO, HIDALGO Y OTROS |
Acto Impugnado |
La omisión de ser designada como regidora por ocupar el numero dos en la lista de regidores, generando así una afectación por violencia política de género. |
Magistrado Instructor |
Lilibet García Martínez |
Fecha de Resolución | 02 de mayo de 2024 |
Puntos Resolutivos | Primero. Se declara infundado el agravio hecho valer por la actora.
Segundo. Resulta inexistente la violencia política en razón de género aducida por la promovente. Tercero. Dese vista al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, para los efectos precisados en el considerando octavo. Cuarto. La presidenta Municipal del Ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo, deberá en plazo otorgado cubrir el pago de la multa que le fue impuesta mediante oficio TEEH-P-0486/2024. Notifíquese como en derecho corresponda a las partes interesadas, asimismo, hágase del conocimiento público, el contenido de la presente resolución, a través del portal web de este Tribunal Electoral. En su oportunidad archívese el asunto como total y definitivamente concluido |
Sentencia | |
Acuerdo Plenario |
TEEH-JDC-097-2024-INC-1 (Resuelto el dia 19 de septiembre de 2024) |