ESTRICTO DERECHO.- CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS AGRAVIOS DE.- El concepto de estricto derecho debe entenderse como aquello que se encuentra ajustado a las disposiciones que la Ley establece y, en tal virtud, para que se ajuste a este supuesto deben cumplir con las siguientes características: a) Claridad, que consiste en precisar cual es la parte de la resolución impugnada que produce la lesión jurídica; b) Fundamentación, que consiste en la cita de los preceptos legales que se estimen violados; y c) La expresión de los hechos o de los argumentos para justificar la violación alegada.

REV-69-PAN-001/96. Partido Acción Nacional.- Sesión 4-XII-96.- Unanimidad de votos.-

Tesis Aislada Número: TE.02.006.1.EL.1/96